sábado, 8 de octubre de 2011

Censo 2011 en España ¿ Estoy obligado a rellenar? ¿ Qué pasa si no participo?.


En el mes de septiembre el Instituto Nacional de Estadística de España ha iniciado los trabajos de recogida del Censo de Población y Viviendas 2011. A partir de esa fecha las personas seleccionadas deberán rellenar el cuestionario censal. Se ha tomado una muestra del 12% de la población (unos 5,7 millones de personas) de todas las secciones censales (más de 36.000) en que se divide España.

El Censo se viene realizando en España desde finales del S.XIX cada diez años.

El censo se realiza para:


El censo del taxi (estadísticas del INE)Conocer las  características de los edificios: número de plantas, estado en el que se encuentran, año de construcción.

Disponer de información sobre las viviendas: régimen de tenencia (en propiedad, alquiler...), superficie útil, número de habitaciones.

Conocer características demográficas básicas de las personas (sexo, edad, nacionalidad), composición de los hogares, niveles de estudio, situación laboral, información sobre migraciones y movilidad.

El Censo de Población y Viviendas 2011 es una operación que consiste de generar:


• Una base de datos precensal construida a partir de un aprovechamiento máximo de los registros administrativos disponibles, tomando al Padrón como elemento básico de su estructura.

• Un trabajo de campo que incluye dos grandes operaciones:

- Un Censo de Edificios exhaustivo que permita la georreferenciación de todos los edificios.

- Una gran encuesta por muestreo, dirigida a un porcentaje relativamente alto de la población para conocer las características de las personas y las viviendas.

Toda la información que el INE difunda podrán ser utilizada gratuitamente por los ciudadanos, empresas e instituciones.

El ámbito de estudio de este censo comprende todo el territorio nacional.

El Censo de Edificios  realizará un recorrido completo, en cada municipio, confirmando y ampliando o modificando, en su caso, los datos preexistentes de cada edificio, enumerando las viviendas que contengan.

Según lo contempla la Ley 13/1996, es obligatorio responder a los Censos de Población y Viviendas. Si no se responde o si se dan datos premeditadamente falsos, se podrán aplicar las sanciones previstas en los artículos 50 y 51 de la Ley 12/1989 de la Función Estadística Pública. Para concerlas consultar: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l12-1989.t5.html

Los datos se procesan exclusivamente con fines estadísticos. De acuerdo con los artículos 4.4 y 14.2 de la Ley de la Función Estadística Pública, la información que nos facilite en ningún caso podrá utilizarse con fines fiscales, judiciales o de cualquier otra naturaleza que no sea elaborar estadísticas.

Cualquier tratamiento deberá tener en cuenta el secreto estadístico y sólo podrán difundirse datos de forma que no se permita la identificación directa o indirecta de las unidades informantes.

La campaña del censo

Si ha recibido una carta solicitándole que rellene el cuestionario censal, puede hacerlo por internet en  http://www.censos2011.es/cawi/inicio.aspx?AspxAutoDetectCookieSupport=1

Para conocer las preguntas por adelantado puede consultar los cuestionarios en Cuestionario por Internet

Una vez en el sitio, seleccione el idioma en el que quiere cumplimentar el cuestionario censal y pulse el botón Entrar.

7 comentarios:

  1. La página web que ha proporcionado para responder a las preguntas del censo es una auténtica mierda, es desesperante esperar la respuesta del servidor. Ni por asomo se tardan 20 minutos en contestar todas las preguntas y eso que mi conexión a internet es de 20 Mb/s reales.

    ResponderEliminar
  2. Opino lo mismo. Realmente esperan que alguien rellene el cuestionario con lo que tarda???

    ResponderEliminar
  3. Que puede pasarme si no lo hago???

    ResponderEliminar
  4. Intento entrar en la página del Instituto Nacional de Estadística y sale una pantalla informativa:

    Este servicio para rellenar el censo por internet está sufriendo problemas de lentitud en la respuesta y cortes inesperados.
    Estamos trabajando para dar una solución definitiva. Por favor, intente acceder de nuevo pasados unos días.
    Les pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.

    Si no se contesta a la encuesta la multa es de 10.000 a 50.000 pesetas.
    Si se contesta con datos incompletos o inexactos hasta 500.000 pesetas.
    Si se contesta con datos falsos hasta 5 millones de pesetas.
    La ley es de antes del euro.

    ResponderEliminar
  5. Y si contesto y se pierde la carta tambien me multarian a mi?

    ResponderEliminar
  6. Pués yo paso de ellos. Si quieren que venga el tipo a mi casa y ya veré yo. Si es por ahorrar que me den un poquito. Yo soy un ciudadano no un subdito.

    ResponderEliminar
  7. Una puta mierda de aplicación informática para rellenarla. Espero que despidan al lechón que la eligió. Es tan mala que, a veces, te obliga a hacer la encuesta por papel y por pelotas.
    Lo dicho, una puta mierda.

    ResponderEliminar

Por favor deje su comentario acá. Leeremos todo lo que envíe, pero le rogamos utilizar lenguaje educado y comprensible.

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.

Bookmark and Share